ESPECIALISTAS EN DIVORCIOS

Abogados para divorcio en Barcelona

¿Estás buscando un despacho de abogados para divorcio en Barcelona? ¡Nuestro equipo te ayudará!

Argudo Advocats somos un despacho de abogados en Barcelona y El Masnou especialistas en divorcios y temas de familia. Al frente del equipo está Blanca Argudo, abogada desde hace más de 20 años.

Ofrecemos un trato cercano y familiar y rompemos con el estereotipo de abogados matrimonialistas serios e inaccesibles. Trabajamos con nuestros clientes con mucha empatía y cercanía y nos adaptamos a sus necesidades:

– Te asesoramos en el trámite de tu divorcio, separación o fin de la pareja de hecho.
– También te ayudamos a conseguir un acuerdo que regule las consecuencias del divorcio confeccionando un convenio regulador.
– Y además te acompañamos durante todos los trámites hasta la obtención de la sentencia y la inscripción en el registro civil.

Nuestros abogados de divorcio procurarán que el proceso sea lo menos negativo posible para los menores. Este aspecto es importante a tener en cuenta, sobre todo cuando hablamos de divorcios contenciosos donde no existe un mutuo acuerdo.

Creemos firmemente que nuestro éxito como abogados matrimonialistas está en hacer nuestros los problemas de los clientes.

¡Somos tu equipo de abogados para divorcio en Barcelona!

Nuestros abogados para divorcio gestionan:

abogados para divorcio de mutuo acuerdo en Barcelona

Divorcio de mutuo acuerdo, ambos cónyuges deciden divorciarse

Para solicitar un divorcio de mutuo acuerdo es necesario que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
Deberá aportarse junto a la demanda de divorcio un convenio regulador en caso de existir hijos menores.

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Abogados para divorcio en Barcelona

Cuando no hay acuerdo entre la pareja, Divorcio contencioso

El divorcio contencioso es aquel en el que no hay acuerdo entre la pareja y debe interceder el juez. En este tipo de divorcios se celebra un juicio y cada cónyuge deberá defender aquello que solicita. Necesitará un abogado para divorcio que vele por sus intereses.

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Divorcio expres en Barcelona

Divorcio express, el divorcio más rápido

Desde la entrada en vigor de la ley del “divorcio express” el Código Civil español facilita notablemente los procedimientos para divorciarse. Con esta ley se posibilita la solicitud del divorcio con un requisito: que desde la celebración del matrimonio hayan transcurrido más de tres meses. No será necesario invocar ante el Juzgado ninguna causa para divorciarse. Basta con que uno de los miembros de la pareja se quiera divorciar.

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Especialistas en Derecho de Familia en Barcelona

Divorcio con hijos, no es solo cosa de dos

El divorcio supone el fin de la convivencia en pareja, y tomar esta decisión se hace más difícil cuando es un divorcio con hijos. A las dificultades emocionales de un divorcio con hijos menores, se suma el verse inmersos en un proceso judicial. Cuando se trate de una separación con hijos deberá realizarse un convenio regulador donde quede perfectamente establecido todo lo referente a los menores.

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¿Qué debe incluir un convenio regulador?

El convenio regulador es un acuerdo bilateral de los cónyuges en el se regulan todas las consecuencias jurídicas del divorcio. El art.777 de la LEC establece la obligatoriedad de presentar convenio regulador junto con la demanda de divorcio o separación. Es importante que disponga de la ayuda de un equipo de abogados para divorcio que le asesoren correctamente.

El art. 90 del Código Civil establece que el convenio regulador debe contener como mínimo los siguientes aspectos:

1- El cuidado de los hijos y régimen de visitas y comunicación establecido
2- A quién pertenece la atribución del uso de la vivienda familiar.
3- Contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.
4-  Liquidación del régimen económico del matrimonio: régimen de bienes gananciales o separación de bienes.
5-  La pensión compensatoria que uno de los cónyuges deberá satisfacer conforme al art. 97.

En el convenio regulador se estipularán todos los aspectos relacionados con los hijos derivados del matrimonio.

¿Qué tener en cuenta antes de hacer un convenio regulador?

  Custodia compartida o custodia exclusiva

La guarda y custodia consiste en el deber de convivencia, el cuidado y atención de los hijos menores. Existen dos tipos de custodia, la exclusiva y la custodia compartida.

 Pensión de alimentos o pensión alimentícia

El Código Civil entiende por alimentos “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica”. También comprende “la educación e instrucción de alimentista mientras sea menor de edad o no haya terminado su formación.”

En la pensión alimenticia se cuantifica el importe con que ambos progenitores contribuirán a los alimentos de sus hijos. Existe prohibición expresa de renunciar a percibir pensión de alimentos en favor de los menores.

Es necesario establecer una pensión alimenticia siempre que existan hijos menores.

  Patria potestad: la potestad de los padres sobre los hijos

La Patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres sobre los hijos. Éstas comprenden el deber de cuidarlos, educarlos, alimentarlos, representarlos y administrar sus bienes.

El ejercicio de la patria potestad corresponderá, de forma compartida, a ambos progenitores. Existen excepciones legales donde las decisiones importantes que afecten a los hijos deberán tomarse de forma conjunta por ambos progenitores.

Si no hubiera acuerdo entre ambas partes deberán ser sometidas a decisión de un juez.

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Pensión por divorcio

Prestación o pensión compensatoria

La prestación o pensión compensatoria es el derecho a solicitar por parte de uno de los cónyuges al otro la realización de un pago. Este pago puede ser en forma de capital o en forma de pensión y surge tras la ruptura del vínculo matrimonial. Esta prestación intenta compensar el desequilibrio que se haya producido a uno de los cónyuges perjudicado económicamente tras la ruptura matrimonial.

La prestación o pensión compensatoria se concede al cónyuge cuya situación económica resulte más perjudicada. Para valorar la cuantía y duración de la prestación o pensión compensatoria se ha de atender a los siguientes aspectos:

Posición económica de los cónyuges.
– La realización de tareas familiares u otras decisiones tomadas en interés de la familia durante la conveniencia.
Perspectiva económica previsible de los cónyuges teniendo en cuenta la edad, el estado de salud, la guarda de los hijos comunes etc.
Duración de la convivencia.

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Compensación por razón de trabajo

La compensación por razón del trabajo es exclusiva del derecho civil catalán y solamente atribuible en régimen económico de separación de bienes. Es el derecho que tiene uno de los cónyuges a percibir una compensación económica por haber contribuido a las cargas del matrimonio con trabajo doméstico.

Para obtener tal compensación no es necesario que haya habido un incremento patrimonial de un cónyuge en detrimento del otro. Y además sin necesidad de que el cónyuge perjudicado haya trabajado en exclusiva para el hogar. La pensión compensatoria y la compensación por razón de trabajo son dos pensiones distintas y compatibles entre sí.

También deberá tenerse en cuenta esta circunstancia en el momento de establecer el importe de dichas pensiones. Si necesita más información puede contactar con el equipo de abogados para divorcio de Argudo Advocats.

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