pobre

Sobre las dificultades en el pago de la pensión de alimentos se pronuncia el Tribunal Supremo en una reciente sentencia. En ella el Alto Tribunal, casando el recurso, reitera su doctrina anterior conforme a la cual, si el dador de alimentos no tiene suficientes recursos para ello por estar en una situación de pobreza y ser pobre, debe ser el Estado el que debe cubrir la pensión de alimentos (temporalmente).

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife admitiendo el recurso de apelación interpuesto por la madre, aumentó la cuantía obligando al padre a pagar una pensión de alimentos de 125.-€ además de la mitad de los extraordinarios y otros gastos del menor.

La singularidad del asunto radica en que el la situación económica de ambos progenitores era precaria y tanto la madre como el padre del menor, no disponían de ingresos suficientes o fijos. La madre tenía trabajos temporales y de muy baja remuneración y el padre, estaba desempleado y sin prestación. Subsistía gracias a su madre. El Tribunal considera que se encuentra en una situación de pobreza.

Si bien es cierto que es un deber el de prestar alimentos a los hijos, reconocido además constitucionalmente, los magistrados razonan, a la luz de los hechos y de las circunstancias por las que atraviesa el demandado, en virtud del principio de proporcionalidad y dado que éste no puede ni hacer frente a sus propias necesidades, que lo más acertado es suspender temporalmente dicha obligación pasándose a hacer cargo los servicios Sociales.

¿Necesitas contactar con uno de nuestros abogados?

Rellena el siguiente formulario con tus datos de contacto y nosotros te llamaremos a la hora que nos indiques. ¡No lo dudes! Llevamos más de 20 años resolviendo divorcios de todo tipo.

    Nombre y apellido (requerido)

    e-mail (requerido)

    Teléfono (requerido)

    Mensaje

    Acepto recibir información comercial, incluso por correo electrónico.

    Acepto el Aviso Legal y la Política de Privacidad

    Finalidades: Responder a sus solicitudes y remitirle información comercial de nuestros productos y servicios, incluso por correo electrónico. Legitimación: Consentimiento del interesado. Destinatarios: No están previstas cesiones de datos. Derechos: Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, así como acceder, rectificar, suprimir sus datos y demás derechos en info@argudoadvocats.com. Información Adicional: Puede ampliar la información en el enlace de Aviso Legal.