Los problemas más comunes que se presentan en la elaboración de un plan de parentalidad o en la decisión final de un juez que incluya un reparto del tiempo con niños tan pequeños son, primero, ¿es adecuada una guarda compartida? Segundo, ¿deben permitirse las pernoctas?

Respecto a los anteriores hay una falta de rigurosidad a la hora de argumentarlos e incluso contrasentidos, debido en gran parte a una falta de conocimiento más profunda sobre las conductas humanas o por el uso de creencias, teorías psicológicas difusas, estereotipos y estudios mal razonados o incluso erróneos.

Algunas de las creencias más destacadas son la del “ apego prioritario ”, el mantenimiento de las “ rutinas ”, el mantenimiento de un “ status quo ”, la del progenitor “ primario o principal ” o el de la “ desubicación ”.

DIVORCIO, GUARDA Y BEBÉS

DIVORCIO, GUARDA Y BEBÉS

Contrariedades existen en aquellos casos en los que se inicia una argumentación con  “ la relación debe ser la máxima posible ” para acabar luego fijándose la figura de un progenitor guardador y así, ineludiblemente existirá otro que no lo sea. Según estudios realizados, parecen demostrar que visitas más largas desarrollan una mayor autoestima en los hijos, provocando las reducidas la asunción de roles más lúdicos por parte de los progenitores no custodios. El debate sobre si es adecuado que se ejerza una guarda compartida en niños de edades tan tempranas se basa en la monotropía y la teoría del apego. Esta teoría se asienta en la idea de que los niños forman relaciones de apego con un solo cuidador antes de establecer las demás relaciones importantes. Además, esta primera relación sirve como modelo para todos los vínculos de apego posteriores. Así, esta hipótesis mantiene la existencia de una jerarquización de las relaciones y la existencia de un progenitor primario y otro secundario. Sin embargo, dicha teoría no encuentra ningún apoyo probado, siendo más admitido por la comunidad científica el hecho de que los niños desarrollan relaciones de apego con más de un cuidador.

La teoría inicial de la monotropía quedó obsoleta y refutada con nuevos estudios más modernos, el legislador y los tribunales no pueden seguir manteniendo una suposición a priori de que los progenitores pueden ser jerarquizados en importancia y que las madres tienen más probabilidades de ser el progenitor psicológico primario. Las investigaciones defienden que, en situaciones normales en las que los progenitores se ha mostrado atentos hacía sus hijos, el hecho de interrumpir una relación continuada podría ser muy perjudicial para la formación de ese vínculo afectivo. Los planes de parentalidad o las visitas fijadas por los tribunales, deben maximizar las posibilidades de que los niños sean criados por unos progenitores adecuados y comprometidos. Si un buen apego con uno de los progenitores es una condición ineludible para un buen desarrollo, la existencia de dos progenitores dará a los niños de estas edades el doble de oportunidades de desarrollar un apego seguro. Un contacto frecuente con ambos progenitores aporta beneficios y no supone una pérdida de calidad de las relaciones entre madre e hijo.

Si esta es su situación, contáctenos, le ayudaremos a defender sus intereses.

¿Necesitas contactar con uno de nuestros abogados?

Rellena el siguiente formulario con tus datos de contacto y nosotros te llamaremos a la hora que nos indiques. ¡No lo dudes! Llevamos más de 20 años resolviendo divorcios de todo tipo.

    Nombre y apellido (requerido)

    e-mail (requerido)

    Teléfono (requerido)

    Mensaje

    Acepto recibir información comercial, incluso por correo electrónico.

    Acepto el Aviso Legal y la Política de Privacidad

    Finalidades: Responder a sus solicitudes y remitirle información comercial de nuestros productos y servicios, incluso por correo electrónico. Legitimación: Consentimiento del interesado. Destinatarios: No están previstas cesiones de datos. Derechos: Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, así como acceder, rectificar, suprimir sus datos y demás derechos en info@argudoadvocats.com. Información Adicional: Puede ampliar la información en el enlace de Aviso Legal.