Presentamos los puntos clave de la STS del pasado 30/9/16 en la el alto tribunal reconoció el derecho de una abuela a visitar a sus nietos pese a la oposición de su hija y de su yerno, a quien había denunciado por supuestos abusos sexuales a las menores.
Puntos clave sentencia relación nietos-abuelos
- La abuela presentó una demanda contra su hija en la que reclamaba que se le reconociera el derecho a visitar a sus nietos, a quienes dejó de ver tras la ruptura debido a la denuncia que presentó contra su yerno. La denuncia fue archivada.
- El juzgado rechazó establecer un régimen de visitas. Ello fue debido al profundo enfrentamiento existente entre las partes, la rotunda oposición de los progenitores, la posibilidad de que la demandante siguiera creyendo que fueron ciertos los hechos que denunció y que los niños llevaban cuatro años sin tener relación con ella.
- Recurrida la sentencia, la Audiencia Provincial de Valencia, declaró que la abuela podría ver a sus nietos en el Punto de Encuentro Familiar. Lo anterios fue con la condición que se realizara un informe sobre la conveniencia de continuar con las visitas.
- Asimismo entendió, en base al informe del equipo psicosocial, que los encuentros eran beneficiosos por la existencia de un vínculo emocional entre ellos, la inexistencia en la abuela de síntomas psicopatológicos, y que su actuación al denunciar fue la indicada (aun el archivo).
- Estando en desacuerdo con la sentencia de la Audiencia Provincial los progenitores recurrieron en casación ante el Supremo, desestimándose el mismo.
- El Supremo indica que el informe psicosocial consideró beneficioso para los nietos el establecimiento de un régimen de visitas con la abuela, con ciertas prevenciones, dada la existencia de vínculo emocional (nietas-abuela), y la añoranza de interacción mutua. No existía vulneración del interés superior del menor y no había motivo alguno para negarlas (art.160CC).